El artículo 41 del Código del Trabajo marroquí establece que cuando una de las partes considere abusiva la rescisión de un contrato de trabajo, la parte perjudicada podrá reclamar daños y perjuicios. El monto de estos daños lo determina el tribunal y no puede exceder de 1,5 meses de salario por año de antigüedad, con un tope total de 36 meses.
Acumulación de beneficios
Estos daños y perjuicios son acumulables a las indemnizaciones por despido y preaviso previstas en el contrato de trabajo o por la ley.
Pago
El importe de la indemnización se paga al empleado al mismo tiempo que la indemnización por despido. Es importante señalar que la indemnización por despido es distinta del salario que recibe el empleado por los días de trabajo realizados durante el mes y por los cuales aún no ha cobrado.
Notas:
- Monto de los daños: 1,5 meses de salario por año de antigüedad (con un límite de 36 meses)
- Acumulación: Posible con indemnización por despido y preaviso
- Pago: Simultáneo a la indemnización por despido
- Distinción: La indemnización por despido es diferente del salario por los días no remunerados